Extender la cobertura de las licencias para el cuidado infantil y la lactancia, junto con la universalización de los servicios de calidad para el cuidado de niños y adultos generaría más de 25 millones de empleos directos e indirectos en América Latina y el Caribe, que en su mayoría beneficiarían a las mujeres estarían en el sector formal de la economía.
Así lo constata el estudio Los cuidados en el trabajo en América Latina y el Caribe: Invertir en licencias y servicios de cuidados para una mayor igualdad en el mundo del trabajo de la Oficina Regional de Organización Internacional del Trabajo, en el que se analizan los avances normativos y su aplicación en materia de protección de la maternidad, así como de las licencias y los servicios de cuidados en 32 países de la región.
Al presentar el informe, Paz Arancibia, especialista de género la agencia de la ONU en América Latina y el Caribe, aseguró que “es urgente invertir en políticas” que generen puestos de trabajo decentes en el sector de los cuidados.
Además, pidió reforzar los sistemas de protección social y contribuir al cierre de la brecha de género en el mercado de trabajo y en la distribución del trabajo de cuidados.
Todo ello, agregó “es una condición sine qua non para un desarrollo productivo, igualitario e inclusivo”.
La presentación del informe tuvo lugar durante la XV Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe, organizada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) realizada esta semana en Buenos Aires.
Según estimaciones de la OIT, invertir para universalizar las licencias para el cuidado de niñas y niños, las interrupciones para la lactancia, los servicios de cuidado infantil y los servicios de cuidados de larga duración en Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, México y Perú generaría 25,8 millones de empleos directos e indirectos.
En torno a nueve de cada diez empleos serían formales y alrededor de ocho de cada diez los ocuparían mujeres.
La autora del informe regional, Larraitz Lexartza, señaló que “a pesar de los avances concretados en la última década, los países de la región enfrentan importantes desafíos en el ámbito de los cuidados. La pandemia ha evidenciado aún más la centralidad de los cuidados y la urgencia de consolidar y ampliar los esfuerzos realizados”.
Licencias de maternidad y paternidad
Si bien todos los países analizados reconocen el derecho a la licencia de maternidad, son considerables las brechas con respecto a los estándares internacionales en términos de duración, prestaciones pecuniarias y financiamiento: en 17 países la duración de las licencias es de menos de 14 semanas, el periodo mínimo estipulado en el Convenio núm. 183 de la Organización Internacional del Trabajo.
En cuatro países, la prestación pecuniaria durante la licencia representa menos de dos terceras partes del ingreso previo, y todavía en un país el financiamiento de las prestaciones está a cargo del empleador y en cinco es mixto, es decir, el pago se comparte entre el empleador y la seguridad social.
La cobertura legal, además, en muchos países es menor o inexistente para trabajadoras domésticas, trabajadoras independientes, trabajadoras informales y madres adoptivas.
En cuanto a las licencias de paternidad, doce países aún no reconocen este derecho. Entre los que sí cuentan con este tipo de permiso, en diez tiene una duración de cinco días o menos. Con respecto a las prestaciones monetarias, en dos países la licencia de paternidad no se remunera; y en la mayoría —trece países— el pago de la licencia está a cargo del empleador y en dos el financiamiento de la prestación es mixto. Solo ocho países las aplican en caso de adopción.
En lo que respecta a licencias parentales (licencias inmediatamente posteriores a las de maternidad y paternidad, que en la mayoría de los casos pueden ser compartidas entre padre y madre), solo cuatro países de la región las reconocen, y en uno de ellos no está remunerada.
Licencias de larga duración y de emergencia
Solo cinco países (uno de ellos, sin remuneración) contemplan licencias de larga duración para cuidar a familiares enfermos o en situación de dependencia que requieren apoyo para las actividades cotidianas.
En cuanto a las licencias de emergencia (permisos de corta duración que se pueden tomar en caso de fuerza mayor en situaciones de emergencia familiar), menos de la mitad de los países (15 de 32) las reconocen, y solamente en uno su financiamiento recae en la seguridad social.
Seguridad y la salud laboral durante el embarazo y la lactancia
De los 32 países de la región, 22 no establecen medidas de protección de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia frente al trabajo nocturno y 10 no cuentan con ninguna protección contra el trabajo penoso, peligroso, insalubre, tóxico y nocivo.
De entre los que sí contemplan este tipo de protección, algunos todavía mantienen disposiciones que implican discriminación de género, pues prohíben a todas las mujeres realizar jornadas nocturnas o trabajos peligrosos.
Con respecto al tiempo libre remunerado para exámenes médicos prenatales, en 25 países la legislación no lo contempla.
Hasta el momento, en 12 países las mujeres no tienen derecho a interrupciones remuneradas para la lactancia en el trabajo; y en los veinte que sí lo reconocen, su financiamiento es responsabilidad de los empleadores. De entre los países que establecen este derecho, en siete no estipulan el periodo por el que se puede disfrutar de él. Además, solo en dos países el tiempo de la pausa es superior a una hora.
La normativa de 12 países exige instalaciones para la lactancia en el lugar de trabajo, aunque los criterios varían de país a país.
Servicios de cuidado infantil y servicios de larga duración
En la mayoría de los países de la región existe un considerable desfase de tiempo entre el final de las licencias para el cuidado de los recién nacidos y el inicio de los servicios de cuidado infantil universales estatutarios o el inicio de la primaria obligatoria.
En ese tiempo las familias carecen del apoyo necesario para el cuidado de sus hijas e hijos. En 23 de los 29 países para los que se dispone de información las brechas van desde los 2,7 años hasta los 6,7 años. En los seis países restantes información no existe ningún periodo de tiempo desprovisto de apoyo, según lo dispuesto en la legislación. Sin embargo, en la práctica la cobertura de los servicios es reducida en la mayoría de los casos.
Si bien en 18 países de la región existen servicios de cuidados de larga duración de personas adultas mayores respaldados por la ley, su cobertura es escasa y frecuentemente están tercerizados.
Doce países proveen servicios de cuidados personales a domicilio, en ocho existen centros de día y en 17 cuentan con servicios residenciales de cuidados de larga estancia estatutarios brindados o subsidiados por el Estado.